Oficina de la Mujer de Jujuy

Por “Ley Micaela” la capacitación en género es obligatoria.

La Oficina de la Mujer ya capacitó, en materia de Género, al 80 por ciento de los 1.141 funcionarios y empleados del Centro Judicial San Salvador de Jujuy.

La Oficina de la Mujer del Poder Judicial continúa capacitando a funcionarios y empleados judiciales en “Perspectiva de Género” y “Violencia Doméstica”, cumpliendo con lo dispuesto por la Ley Nº 27.499, conocida como “Ley Micaela”.

La norma legal establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres, para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación; ley a la que adhirió la provincia de Jujuy.

En ese marco, a lo largo del presente año, la Oficina de la Mujer ha capacitado al ochenta por ciento de los funcionarios y empleados del Centro Judicial San Salvador de Jujuy, mediante Talleres a cargo de replicadoras especializadas; el último de ellos se realizó el pasado miércoles, 6 de noviembre.

Sobre el particular, la Dra. Beatriz Elizabeth Altamirano, juez del Superior Tribunal de Justicia y representante de la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, expresó que el objetivo es cumplir con la “Ley Micaela”, por lo cual se lleva adelante un relevamiento del personal, fuero por fuero, con el fin de capacitar a la totalidad de los integrantes del Poder Judicial.

Destacó que más allá de la obligatoriedad impuesta por la ley, es de relevancia institucional que quienes trabajan en la Justicia adquieran conocimientos sobre perspectiva de género y violencia doméstica.

Cabe recordar, que el Instituto Nacional de las Mujeres es la autoridad de aplicación de la Ley Micaela.

En cuanto a las personas que se negaren sin justa causa a realizar las capacitaciones, la norma legal establece que serán intimadas en forma fehaciente por la autoridad de aplicación a través y de conformidad con el organismo de que se trate.

El incumplimiento de dicha intimación será considerado falta grave dando lugar a la sanción disciplinaria pertinente, siendo posible hacer pública la negativa a participar en la capacitación en la página web del Instituto Nacional de las Mujeres.

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