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Poder Judicial de la
Provincia de Jujuy

CONDENAN A 3 AÑOS DE PRISIÓN CONDICIONAL Y 4 AÑOS DE INHABILITACIÓN ESPECIAL A UNA ANESTESISTA POR LESIONES CULPOSAS

El Tribunal en lo Criminal Nº 2 condenó a Sandra Asunción Ayala a la pena de 3 años de prisión condicional y 4 años de inhabilitación especial para ejercer la medicina, por ser autora material y penalmente responsable del delito de “Lesiones Culposas”; hecho ocurrido en San Salvador de Jujuy.

La resolución fue adoptada ayer, 9 de abril de 2025, por la jueza Dra. Claudia Cecilia Sadir –presidenta de trámite- y los jueces Dres. Alejandro Máximo Gloss y Luis Ernesto Kamada, con asistencia de la actuaria Dra. Lorena Mariel Bravo.

Los magistrados, además, impusieron a la condenada el cumplimiento de reglas de conductas, entre ellas someterse al control de la Oficina de Control y Probation del Ministerio Público de la Acusación por el plazo de 6 meses y, por idéntico periodo de tiempo, realizar trabajos comunitarios en la Fundación SERVIR.

Acusación

Según la requisitoria de la Fiscalía, Sandra Ayala fue enjuiciada por lo ocurrido el 19 de enero de 2021, a horas 19:30 aproximadamente, en circunstancias en que un menor de edad ingresó en cirugía en la Clínica Mayo, siendo evaluado por Ayala para realizar una anestesia para ser intervenido quirúrgicamente, decidiendo la profesional realizar una anestesia raquídea al menor.

Luego de unos minutos de comenzada la cirugía, la anestesista no interpreto que se encontraba ante una emergencia de vía aérea (acceso de tos) del paciente, demorándose en la toma de decisiones, agravando la condición del mismo que padeció una lesión neuronal por la que fue trasladado a la Unidad de Terapia Intensiva de la mencionada clínica. 

Como Fiscal ante el Tribunal se desempeñó el Dr. Emilio Gurrieri, mientras que la defensa técnica de la acusada Sandra Ayala fue ejercida por el Dr. Pablo Rodrigo Cuellar.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el plazo establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia, a partir de lo cual las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior al Tribunal de juicio.