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Poder Judicial de la
Provincia de Jujuy

Concursos de Cargos – Acta del Tribunal Evaluador

Plazo de validez de los certificados médicos, presentación de planilla prontuarial y certificado de reincidencia

RESOLUCION Nº  33/2018.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 de Octubre de 2018.-

   Visto, las consultas realizadas por los postulantes de los Concursos celebrados en el marco de este Tribunal de Evaluación, sobre el plazo de validez de los certificados y constancias médicas e informes psicotécnicos y sobre la planilla prontuarial y certificados de reincidencia ya presentados en anteriores concursos y;

              CONSIDERANDO

          Que dichas consultas versan sobre el plazo de validez de los certificados médicos y psicotécnicos ya presentados, como así también de la planilla prontuarial y certificado de reincidencia, cuya presentación es requisito de inscripción.-

          Que habiéndose reunido el Tribunal de Evaluación y analizadas las consultas, se concluyó, que en los casos de planilla prontuarial y certificado de reincidencia, los mismos poseen un plazo de validez acotado por disposición legal (dada su naturaleza), por lo cual los mismos deberán ser presentados en forma actualizada a la fecha de inscripción que corresponda.-

          Que para los certificados médicos de aptitud física e informe de aptitud psicotécnica presentados en concursos anteriores, este Tribunal de Evaluación admite, mantener la validez de los mismos durante un plazo de seis (6) meses desde la expedición de dichos certificados y hasta la fecha de inscripción correspondiente.-

      Por ello,

EL TRIBUNAL DE EVALUACION PARA LOS CONCURSOS DE MAGISTRADOS DEFENSORES Y FISCALES DEL PODER JUDICIAL DE JUJUY

RESUELVE

ARTICULO 1º: Establecer un plazo de validez de seis (6) meses para los certificados médicos de aptitud física e informe de aptitud psicotécnica, considerado el mismo desde la fecha de expedición de dichos certificados y hasta la fecha de inscripción en los concursos que correspondan.-

ARTÍCULO 2º: Disponer la presentación de planilla prontuarial y certificado de reincidencia actualizados a la fecha de las inscripciones en los concursos que correspondan.-

ARTICULO 3°: Regístrese, Publíquese en Página Web de Poder Judicial. Cumplido, Archívese.-

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