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WEDNESDAY, 31 MARCH 2010 13:22

Acciones penales y cese de actividades por ataque al Centro Judicial de San Pedro de Jujuy

Acciones penales y cese de actividades
Por ataque al Centro Judicial de San Pedro de Jujuy
 
          El Superior Tribunal de Justicia dispuso, mediante Acordada Nº 31/2010, el cese de actividades, para el día de la fecha, de los tribunales, juzgados y demás organismos que funcionan en el edificio ubicado en calle Rogelio Leach Nº 224 de la ciudad de San Pedro de Jujuy, declarándolo inhábil a todos los efectos procesales, y sólo para esas dependencias.
          La decisión fue adoptada considerando, en primer lugar, los incidentes de violencia protagonizados por personal del Ingenio La Esperanza en el inmueble perteneciente al Poder Judicial, motivo por el cual quienes allí trabajan, fueron retenidos en contra de su voluntad hasta pasadas las veinte horas del día de ayer, martes 30.
          Ello, expresó el Alto Tribunal, debido a que el dispositivo policial dispuesto en las primeras horas de ese día, fue insuficiente para disuadir las acciones violentas, pudiéndose contar, recién a las veinte horas, con la cantidad apropiada de efectivos policiales para hacer efectiva las garantías, derechos y libertades violentados por el accionar de los manifestantes.
          Asimismo, siendo el tercer hecho de las mismas características que se produce durante el corriente mes, cabe apreciar que existe un exceso en el ejercicio del derecho de peticionar y manifestar ante las autoridades, razón por la que se instruyen las respectivas acciones penales ante los Juzgados de Instrucción competentes.
          Sin perjuicio de ello, el Superior Tribunal de Justicia reclama del Ministerio de Gobierno y Justicia la oportuna acción preventiva de la Policía de la Provincia que permita el desarrollo normal de las actividades propias del Poder Judicial, sin presiones ni coacciones de ningún tipo, que afectan su independencia y perjudican, en general, la labor diaria destinada a satisfacer los intereses de los justiciables ajenos al conflicto particular del Ingenio la Esperanza.
          En la Acordada, se pone de relieve la tolerancia y espíritu de sacrificio de los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial, como así, de abogados y particulares que sufrieron la indebida restricción a su libertad ambulatoria en un marco de violencia imperante, sin perjuicio de las razones que pudieran invocar los manifestantes, las cuales no justifican ni legitiman su accionar contrario a derecho.-
 
 

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