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WEDNESDAY, 20 APRIL 2016 08:53

Acordada Nº 51/2016: Oficialía de Justicia - Actualización de montos para diligenciamiento de cédulas y mandamientos

(Libro de Acordadas Nº 19, Folio Nº 80/81 Nº 51) En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la Provincia de Jujuy, a los doce días de Abril de dos mil dieciséis, los señores Jueces del Superior Tribunal de Justicia, Doctores, Clara Aurora De Langhe, Sergio Ricardo González, Sergio Marcelo Jenefes, Laura Nilda Lamas González, Federico Francisco Otaola, Beatriz Elizabeth Altamirano, Pablo Baca, José Manuel del Campo y María Silvia Bernal, bajo la presidencia del primero de los nombrados, vieron el Expte. Nº 282/96, caratulado: “Oficialía de Justicia – Su reestructuración conforme Acordada Nº 12/96” y

         Consideraron:

         El pedido efectuado a fojas 262 por el Secretario de Oficialia de Justicia Sr. Oscar Carlos Ibarra, solicitando la actualización de los valores fijados en concepto de gastos de movilidad para el diligenciamiento de mandamientos y cédulas a domicilio.

         Señala la petición, que el costo del combustible de uso común en los vehículos de propiedad de los Oficiales de Justicia, es de $ 15,19 el litro –acompaña comprobante- sin contemplar los otros gastos que incrementar los costos de mantenimiento del automotor considerablemente, como seguros, cubiertas, repuestos y desgastes en general, sugiriendo la suma de $ 15.00 para el diligenciamiento de cada mandamiento y cedula.

         Asimismo, a fs. 171 se destaca que de todas las diligencias que se tramitan, únicamente se abona la movilidad del 30% de las mismas. Que, el otro 70% son de carácter exentas, y corresponden al Tribunal de Familia, Tribunal del Trabajo, Penales y Habilitaciones de Días y Horas.

         Por otra parte los Sres. Oficiales de Justicia, hacen referencia al crecimiento poblacional de los últimos años en las distintas zonas de la ciudad, lo que produjo un aumento considerable en las cantidades de medidas judiciales, implicando mayor desplazamiento e incremento de costos en el mantenimiento de los vehículos.

         Que conforme lo requerido a fojas 264, la señora Contadora del Poder Judicial, C.P.N. Raquel Calderari, eleva el informe obrante a fs. 265, estimando razonable el precio sugerido por los Señores Oficiales de Justicia para el diligenciamiento de mandamientos.

         A fojas 266, se expide favorablemente el Señor Fiscal General, Dr. Alejandro Ricardo Ficoseco.

         Debe tenerse en cuenta que mediante Acordada Nº 82 de fecha 12 de Junio del año 2014, se ha fijado una retribución de $13,00 en concepto de gastos por el diligenciamiento de cada cedula y mandamiento, siendo de publico y notorio aumento producido desde esa fecha hasta la presente, tanto en el costo de combustible, como de gastos de de mandamiento de los vehículos. A ello debe agregarse el crecimiento barrial en zonas alejadas, lo que consecuentemente, insume mayores gastos de traslado. Tales circunstancias justifican la actualización de valores en concepto de gastos de movilidad solicitada por los Sres. Oficiales de Justicia.

         Por ello, cabe hacer lugar a lo solicitado, fijando los nuevos valores en concepto de retribución por gastos de movilidad, de conformidad a lo dictaminado por el Sr. Fiscal General, sin perjuicio de las excepciones previstas sobre el arancelamiento de cedulas y mandamientos.

         En consecuencia, el Superior Tribunal de Justicia,

         Resuelve:

         1º) Modificar el Punto 1º) de la Acordada Nº 82 de fecha 12 de Junio de 2014, fijándose una retribución de quince pesos ($15,00), en concepto de gastos de diligenciamiento, por cada cédula a domicilio diferente y por cada mandamiento tramitados por Oficialía de Justicia, respectivamente, a partir del 01 de Febrero de 2016.

         2º) Registrar, dejar copia en autos y notificar.

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