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WEDNESDAY, 26 OCTOBER 2016 11:31

Pareja conformada por mujeres se encuentra en proceso de adopción de cuatro hermanos

         Recientemente la justicia jujeña culmino el proceso de Guarda con fines de Adopción de cuatro menores de edad, que se había iniciado durante la vigencia del anterior Código Civil, y que fuera otorgada a una pareja conformada por mujeres, encontrándose a la fecha en camino de iniciar el proceso de Adopción.

         La particularidad del caso radica en que se trataba de una Guarda con fines de Adopción múltiple. Cuatro niños de 11, 9, 8 y 7 años de edad respectivamente fueron dados en guarda con fines de adopción, en junio de 2015, a una pareja constituida por dos mujeres, integrantes de lo que el Código Civil y Comercial de la Nación denomina “unión convivencial”.

         Si bien la entrega en guarda se concreto a dos meses de comenzar a regir el nuevo Código Civil y Comercial, la titular de la Vocalía IX, Sala III del Tribunal de Familia, Centro Judicial San Pedro de Jujuy, Dra. María Cristina Lakatos, tuvo presente, al así decidir, que las aspirantes a adopción eran dos mujeres que conforme constancias e informes de los equipos interdisciplinarios se encontraban conviviendo desde el año 2011, y que esto constituía, en el nuevo Código Civil, una “unión convivencial”.

         Sobre el particular, el nuevo código de fondo establece quienes pueden ser adoptantes, mencionando que, entre otros, pueden ser “ambos integrantes de la unión convivencial, sean del mismo o de diferente sexo”.

         Recordemos que el anterior Código solo permitía la adopción conjunta cuando los adoptantes eran cónyuges. Sin embargo, priorizando el principio de igualdad y no discriminación, la juez otorgo la guarda de los menores a una pareja conformada por mujeres.

         Ello, en consonancia con lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos que señaló que la orientación sexual y la identidad de género son categorías protegidas por la Convención Americana de Derechos Humanos y ninguna norma , decisión o práctica de derecho interno, desplegada por particulares o por parte del Estado puede disminuir o restringir de modo alguno los derechos de las personas.

         Para lograrlo, la juez Cristina Lakatos, contó con la activa y eficaz participación del Equipo Interdisciplinario del Centro Judicial San Pedro, quienes, a través de la psicóloga Ivon Artur de la Villarmois y la Trabajadora Social Nora Yapura, laboraron intensamente en el mejor interés de estos niños.

         El caso, que se encontraba en los supuestos de “adopciones difíciles” por no estar estos niños en la preferencia de los pretensos adoptantes por su edad y por ser un grupo de hermanos, obtuvo un final que permite a los niños gozar de una familia.-

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