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MONDAY, 09 MARCH 2020 17:33

Cinco años de prisión por homicidio con exceso en la legítima defensa

          El Tribunal en lo Criminal Nº 2 condenó hoy, 9 de marzo, a Alfredo Román Choque a cumplir la pena de cinco años de prisión por encontrarlo autor material y penalmente responsable del delito de “Homicidio con exceso en la Legitima Defensa”.

          De acuerdo al requerimiento fiscal de citación a juicio, el 16 de abril de 2017 en horas de la madrugada, Choque perseguía a la víctima, Juan Carlos Salazar, por calle Brasil del barrio Evita en la ciudad de Caimancito.

          En un momento determinado la víctima tropezó, el acusado se abalanzó sobre éste y con una piedra comenzó a golpearlo en la cabeza, hasta que quedó totalmente desvanecido, para finalmente trasladarlo hasta el interior de su domicilio, donde prosiguió con la agresión.

Al llegar personal policial al domicilio de Choque, procedió a trasladar a la víctima al Centro de Salud de Caimancito, donde se le encontró entre sus prendas de vestir un arma de fuego de fabricación casera, tumbera.

          Posteriormente, Salazar fue trasladado al Hospital Oscar Orías, de Libertador General San Martín, donde se constató que por la gravedad de las heridas recibidas perdió la vida.

          El Tribunal estuvo integrado por los jueces Claudia Cecilia Sadir - presidente de trámite - , Luís Kamada y Lucas Grenni –habilitado-; como secretario de trámite se desempeñó el Dr. José López García.          

          En el juicio, al exponer sus alegatos, la Fiscal del Ministerio Público de la Acusación, Dra. Silvia del Valle Farall, solicitó la pena de 15 años de prisión para el imputado, Alfredo Choque, por la supuesta autoría del delito de “Homicidio Simple”.

          En tanto, el acusado fue defendido técnicamente por el Dr. Juan Pablo Canetti, Defensor Oficial del Ministerio Publico de la Defensa Penal.

          Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro de los plazos establecidos en el Código Procesal Penal de la Provincia; fecha a partir de la cual, las partes podrían solicitar su revisión ante una instancia superior.

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