Poder Judicial de Jujuy

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MONDAY, 04 MAY 2020 10:05

Creación del Fondo de Emergencia Sanitaria del Poder Judicial de Jujuy - Aporte de magistrados y funcionarios

Libro de Acordadas Nº 23, Folio Nº 79/80 , Nº 30. En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los  treinta   días de abril de dos mil veinte, los jueces del Superior Tribunal de Justicia: Sergio Marcelo Jenefes, Clara Aurora D. L. de Falcone, Sergio Ricardo González, Laura Nilda Lamas González, Federico Francisco Otaola, Beatriz Elizabeth Altamirano, José Manuel del Campo y María Silvia Bernal, bajo la presidencia del primero de los nombrados,

Consideraron:

          Que manteniendo vigentes los fundamentos de la Acordada N° 27 respecto de la gravedad de la rápida propagación del COVID -19 (Coronavirus) y el consecuente riesgo para la salud pública, además de lo ya dispuesto mediante Acordadas Nº 22/2020, Nº 24/2020 y Nº 27/20202; este Superior Tribunal de Justicia dictó la Acordada Nº 27/2020 por la cual dispuso el progresivo restablecimiento de la actividad judicial, en todos los fueros y jurisdicciones, bajo estrictos protocolos de bioseguridad.

          Asimismo, por Decreto Acuerdo N° 785-HyF-20, de fecha 21 de abril de 2020, el Poder Ejecutivo establece un tope salarial para los agentes del Estado Provincial allí ennumerados, invitando (Art. 8) al Poder Judicial a adherirse a la disposición en cuestión.

          Sin perjuicio de lo establecido por los Arts.  145 ap. 1, 147 ap. 1, 148 y 170 ap. 5 de la Constitución Provincial que refieren a la competencia, independencia, autonomía financiera e indemnidad del salario de magistrados y funcionarios de este Poder, este Superior Tribunal de Justicia entiende la gravosa situación económica y financiera que atraviesa la Provincia lo que amerita tomar medidas paliativas que mitiguen, en alguna medida, la emergencia sanitaria.

          En el sentido expuesto, en consonancia con lo dispuesto por Acordada 27 de fecha 27/04/2020 de restablecimiento progresivo de la actividad judicial y el compromiso  asumido por Magistrados, Funcionarios y empleados de este Poder vinculado al cumplimiento estricto de normas de seguridad; a fin de colaborar, en lo posible,  a mejorar las condiciones en que debe prestarse el servicio indelegable de justicia.

          Por ello, el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy,

RESUELVE

1º) Crear, por el plazo de tres meses, a partir del día de la fecha de la presente, el FONDO DE EMERGENCIA SANITARIA DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY, ordenando la apertura de una Cuenta bancaria, en titularidad del Superior Tribunal de Justicia, para la recaudación de un aporte solidario que tendrá como finalidad proveer la implementación de las medidas sanitarias ordenadas, en protección de la población de usuarios y trabajadores del Poder Judicial, y las modalidades de la prestación de servicios en el lugar de trabajo o mediante prestación de servicios a distancia, y especialmente para la puesta a punto y en funcionamiento de todos los sistemas de tecnología informática necesarios para tales fines.

2º)  Disponer el aporte solidario y voluntario del diez por ciento (10%) del salario básico de los miembros del Superior Tribunal de Justicia, Fiscal General y Fiscal General Adjunta destinado al fondo creado por el artículo anterior.

3º) Invitar y exhortar a los Magistrados y Funcionarios de este Poder Judicial, incluidos los que integran el Ministerio Público de la Defensa Civil, para que adhieran a la medida de emergencia dispuesta en el punto que antecede, quienes contarán con cinco días, a partir de su notificación, para manifestar su oposición mediante nota presentada en la Secretaría de Superintendencia de ambos centros judiciales. Transcurrido dicho plazo sin que lo hicieran, se considerará que la consienten.

4º) Invitar a los funcionarios del Ministerio Público de la Acusación y de la Defensa Penal a efectuar idéntica contribución a la dispuesta por el artículo 2º de la presente.

5º) Disponer que Contaduría opere el procedimiento necesario a los fines dispuestos en la presente.

6º) Registrar, publicar en la página web del Poder Judicial, notificar a los señores Magistrados y Funcionarios bajo constancia de firma y comunicar a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Provincia.

Fdo.: Dres. Sergio Marcelo Jenefes, Sergio Ricardo González, Clara Aurora De Langhe de Falcone, Laura Nilda Lamas González, Federico Francisco Otaola, Beatriz Elizabeth Altamirano, José Manuel del Campo. Jueces del superior Tribunal de Justicia. Ante mí: Ariel Omar Cuva – Secretario de Superintendencia. 

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