Poder Judicial de Jujuy

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THURSDAY, 05 NOVEMBER 2020 18:50

Rigen nuevos costos para los estudios realizados por el Laboratorio de Genética Forense del NOA a partir del 01/11/2020

(Libro de Acordadas Nº 23, Folio Nº 336/338 Nº 125). En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la Provincia de Jujuy, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil veinte, los señores Jueces del Superior Tribunal de Justicia, Doctores, Sergio Marcelo Jenefes, Clara Auroras de Langhe, Sergio Ricardo González, Laura Nilda Lamas González, Federico Francisco Otaola, Beatriz Elizabeth Altamirano, José Manuel del Campo y María Silvia Bernal, bajo la presidencia del primero de los nombrados, vieron el Expte. Nº 1780/20, caratulado: “PROPUESTA DE NUEVOS COSTOS DE LOS ANALISIS DE ADN QUE REALIZA EL LABORATORIO REGIONAL DE GENETICA FORENSE DEL NOA” y

         

Consideraron:

          Que, a fs. 01 de las actuaciones, la Dra. Ana Laura Molina encargada del Departamento Medico por ausencia del, Dr. Cesar Domingo Burgos, eleva nota presentada por la Dra. Cecilia Miozzo, con el objeto de solicitar se autorice el aumento en los precios de los análisis de ADN que realiza el Laboratorio de Genética Forense dependiente del Poder Judicial de la Provincia de Jujuy. Fundamenta su petición en el aumento de los precios de los insumos con mayor incidencia en el costo final de los análisis de ADN, los cuales están sujetos a la divisa extranjera (dólar estadounidense).

          Manifiesta la Dra. Miozzo que “...La solicitud responde a que periódicamente se revisan los precios y los mismos han quedado desactualizados. El aumento de precios sugeridos, esta entre el 20 y el 30% y será aplicado a los estudios solicitados por las Provincias del NOA, a las filiaciones de casos particulares y a las filiaciones que se realizan en causas civiles de este Poder Judicial. En la tabla que acompaña a esta nota se presentan, para su comparación, los precios actuales y la nueva propuesta. Debido a que los insumos para los análisis de ADN están sujetos a la divisa extranjera (dólar estadounidense), los mismos cambian cuando se modifica la cotización de esta moneda. Para evitar demoras en la actualización de precios, se solicita se autorice un mecanismo ágil para aumentar los precios cuando se modifique el valor oficial de venta de la divisa del Banco de la Nación Argentina (por ejemplo en un 10%. Por lo solicitado se indica en la tabla antes mencionada, los costos de los análisis en dólares, sin embargo se aclara que los costos de análisis deberían ser establecidos en pesos. Se adjunta, a modo de ejemplo, una resolución del Procurador General de la Provincia de Salta, donde fijan los precios en pesos a partir de costos en dólares. Se aclara que lo que se propone es modificar los costos periódicamente de acuerdo a la divisa pero “establecer los precios en pesos”.

         Pasadas las actuaciones a dictamen del Fiscal General Dr. Alejandro R. Ficoseco, el mismo manifiesta que: “teniendo en cuenta que la propuesta resultaría conveniente, estimo corresponde autorizar la readecuación de los precios como se pide y establecer un mecanismo mas ágil, considerando la volatilidad de los precios (en divisa extranjera) de los reactivo y/o insumos indispensables para el funcionamiento del Laboratorio”.

         Que, este Superior Tribunal comparte la opinión vertida por el Sr. Fiscal General a fs. 06, en un sentido favorable respecto de la readecuación de precios propuesta.

         Asimismo y teniendo en cuenta los aumentos constantes en los costos de los insumos para la realización de los análisis de ADN (valores en moneda extranjera – dólar estadounidense) que utiliza el Laboratorio de Genética Forense del Noa, atento a ello corresponde facultar al Sr. Presidente de este Superior Tribunal de Justicia a fin de que los montos establecidos en la presente acordada, puedan ser sujetos a variación mediante el dictado de una resolución, conforme requerimiento de Contaduría y del Departamento Médico.

         Por ello, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 167 y 6º) de la Constitución Provincial y 49º inciso 1º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Superior Tribunal de Justicia,

         Resuelve:

         1º) Fijar los siguientes costos para los estudios que realice el Laboratorio de Genética Forense del NOA dependiente del Poder Judicial de Jujuy, a partir del 01 de Noviembre de 2020:

FILIACIONES CIVILES PODER JUDICIAL DE JUJUY Y SERVICIO A PODERES JUDICIALES DE PROVINCIAS DEL NOA

  • Filiación: Determinación de perfiles genéticos y cotejo para una filiación con supuesto padre y madre biológica (3 individuos): $ 14.400.
  • Perfil Genético de un individuo: Determinación de Perfil Genético de un individuo (costo por individuo en estudios de identificación y de filiación): $ 4.800.
  • Tejido Blando de Material Cadavérico: Determinación de Perfil Genético de material Cadavérico a partir de tejido blando (material en buen estado de conservación): $ 9.600.
  • Tejido óseo de material cadavérico: Determinación de perfil genético de material cadavérico a partir de hueso o piezas dentales (material en estado de putrefacción): $ 29.000.
  • Evidencia: Determinación de Perfil Genético en indicio biológico con procesamiento no diferencial: $ 9.600.
  • Evidencia con procesamiento diferencial: Determinación de Perfil Genético en indicio biológico con procesamiento diferencial: $ 16.000.
  • Procesamiento incompleto de evidencias: Muestra que se procesa solo hasta su cuantificación y no llega hasta determinación de Perfil Genético por escasa cantidad de ADN. $ 4.300.

FILIACIONES PARTICULARES

  • Filiación: Determinación de perfiles genéticos para una filiación con supuesto padre y madre biológica (3 individuos): $ 19.800.
  • Perfil Genético de un individuo: $ 6.600.

          2º) Los montos establecidos en el artículo precedente, se encuentran sujetos a variación por disposición del Sr. Presidente del Superior Tribunal de Justicia y a requerimiento de Contaduría y del Departamento Médico.

          3º) Las sumas abonadas por los conceptos indicados en el punto 1º), deberán ser depositados en la cuenta de Recursos Propios del Poder Judicial Nº 3-200-0002608580-0 del Banco Macro S.A. con destino a solventar el mantenimiento del Laboratorio de Genética Forense.

          4º) Registrar, dejar copia en autos, notificar y publicar por un día en el Boletín Oficial.

 

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