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THURSDAY, 16 OCTOBER 2008 20:20

Accidente de Tránsito - Fue Procesado por Conducir Ebrio

Accidente de Tránsito
Fue Procesado por Conducir Ebrio
 
San Salvador de Jujuy, 16 de octubre de 2008.- El Juez de Instrucción en lo Penal Nº 2 Dr. Francisco Javier Aróstegui procesó a un hombre que conduciendo un automóvil en estado de ebriedad, atropelló a dos mujeres, una de ellas menor de edad, provocándoles heridas de consideración.
 
                     El hecho sucedió el día 23 de febrero del corriente año , a las 23.30 horas, en la intersección de las calles Teniente Ardiles y Teniente López del barrio Alto Comedero, en circunstancias que un matrimonio y su hija menor de edad caminaban por el lugar, y el ahora procesado Carlos Alberto Acuña, conduciendo un automóvil Fiat 128, se subió a un lote baldío, embistió a las mujeres, dándose a la fuga y siendo detenido posteriormente por personal policial.
 
                     El magistrado actuante procesó al mencionado Acuña como supuesto autor responsable de la comisión del delito de Lesiones Culposas con resultado múltiple ( dos hechos ) en Concurso Ideal y trabó embargo sobre sus bienes por la suma de seis mil pesos, fundamentando su decisión al tener por acreditado, con el grado de probabilidad exigido para la etapa de la instrucción penal, que el imputado circulaba por la calle Ardiles al querer doblar hacia la calle López y al no poder lograrlo debido a su estado de embriaguez, se subió sobre el terreno donde se encontraban caminando la menor de edad y su madre embistiéndolas a ambas, como así también rozó con su vehículo a otra mujer, provocando que la misma cayera al suelo sin lesionarla.
 
                     El Dr. Aróstegui sostuvo que no es suficiente dominar físicamente las funciones mecánicas del automóvil, sino que se debe observar atenta y permanentemente el ambiente físico en el que se circula, como así también las condiciones climáticas reinantes y las circunstancias propias de la circulación vehicular y peatonal. El buen conductor, dijo el magistrado, debe mirar, interpretar, prever y actuar. La perfecta observación de la carretera requiere por lo tanto concentración, capacidad de reacción, exacta interpretación de los más mínimos detalles, conocimiento de la normativa que regula el tránsito y de las señalizaciones viales, y en ocasiones hasta la intuición.
 
                     Para el juez, considerando el estado de ebriedad que presentaba el incriminado al momento del accidente y el hecho de domiciliarse en esta ciudad, no hace otra cosa que agravar la culpa por la conducción en un estado físico mental disminuido, de modo tal que le impedía cumplir fielmente con todo lo enunciado precedentemente, por lo cual decidió el procesamiento y embargo sobre los bienes de Carlos Alberto Acuña.
 
                     La resolución fue notificada a las partes y puede ser recurrida en instancia superior.
 
                                               Departamento de Prensa y Relaciones Públicas
                                                            Poder Judicial de Jujuy
 

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