roundcube_logo1

Poder Judicial de la
Provincia de Jujuy

DICTARON CAPACITACIÓN SOBRE LA REFORMA LABORAL LEY 27.742

Organizado por la Suprema Corte de Justicia y la Escuela de Capacitación Judicial “Dr. Guillermo Snopek”, se llevó a cabo la capacitación denominada “La Reforma Laboral Ley 27.742”, a cargo del Dr. Miguel Ángel Maza.

El destacado jurista es Doctorado en Derecho Laboral, Abogado Especialista en Derecho del Trabajo y de la Previsión Social, ex Juez de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de la Capital Federal y profesor en distintas universidades.

Encabezaron la presentación de la actividad, realizada hoy 17 de octubre de 2024, los jueces de la Suprema Corte de Justicia Dres. Federico Francisco Otaola, Mariano Gabriel Miranda, Martín Llamas, María Silvia Bernal y María Eugenia Nieva, ambas directoras de la Escuela de Capacitación Judicial.

La conferencia del Dr. Maza se concretó bajo la modalidad híbrida – presencial y a distancia – con la participación de magistrados, funcionarios y empleados del Fuero Laboral y funcionarios de la Sala Laboral de la Suprema Corte de Justicia.

En la apertura, el Dr. Federico Otaola se dirigió a los presentes agradeciendo la participaron en la actividad académica y subrayó la importancia de tomar contacto con el pensamiento del disertante, quien cuenta con amplia experiencia sobre la Reforma Laboral.

Seguidamente, el magistrado citó a un famoso jurista del siglo pasado, el Dr. Carlos Cossio, quien definió al Derecho como una conducta humana en interferencia intersubjetiva. “Es una corta pero contundente definición, en el sentido en que primero ocurren los hechos y después el derecho, los cambios sociales son los que determinan la creación de las normas jurídicas que los representan”, explicó el Dr. Otaola.

 “Venimos encasillados en el Art. 14 Bis de la Constitución Nacional que ha guiado toda la legislación laboral de los últimos tiempos, pero creo que debemos ilustrarnos sobre la dirección que toma la Ley Bases en materia laboral, para darnos cuenta de cuánto hay de coincidencia o de correlación entre el Art. 14 Bis y la reforma laboral”, destacó el juez.

Finalmente, el Dr. Otaola manifestó que es muy importante escuchar la palabra de alguien autorizado sobre la visión que tiene, primariamente, sobre estas reformas. “Podemos coincidir o no con los pensamientos del Dr. Maza, pero tengan la seguridad que va a enriquecer lo que podamos ya saber nosotros sobre la materia laboral”, concluyó.

Ejes principales

Los principales temas que se abordaron fueron la reforma al art. 2 de la Ley de Contrato de Trabajo – LCT- (inaplicabilidad de la ley a ciertas figuras contractuales); reforma al art. 23 LCT (exclusión de la presunción de laboralidad a ciertas relaciones contractuales); modificación al art. 29 LCT (intermediación laboral); reforma al art. 242 LCT e inserción del art. 245 Bis (las medidas de acción directa como causales nominadas de despido y el despido discriminatorio).

Ir al contenido