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Poder Judicial de la
Provincia de Jujuy

CONDENARON A DOS MUJERES POR ROBO CALIFICADO Y ADEMÁS A UNA DE ELLAS POR DEFRAUDACIÓN POR EL USO DE TARJETA DE CRÉDITO EN GRADO DE TENTATIVA

Dos mujeres que protagonizaron un robo y luego, una de ellas intentó comprar en un comercio utilizando la tarjeta de crédito sustraída en el robo, fueron condenadas por el Tribunal en lo Criminal Nº 1.

Se trata de Olga Isabel Verón, quien fue sentenciada a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional por ser autora material y penalmente responsable de los delitos de “Robo Calificado en Poblado y en Banda y Defraudación por el uso de tarjeta de compra crédito o débito en grado de tentativa”; ordenándose la inmediata libertad de la misma.

En tanto, Valentina Esther Ismail recibió igual pena de prisión de ejecución condicional, como autora material y penalmente responsable del delito de “Robo Calificado en Poblado y en Banda”.

La sentencia fue dictada recientemente por las juezas Dras. Felicia Barrios –presidente de trámite – y Alejandra Tolaba, y el juez Dr. Luciano Yapura, quienes hicieron lugar al acuerdo alcanzado por el Ministerio Público Fiscal con las acusadas, asistidas por sus abogados defensores, en el marco del procedimiento de Juicio Abreviado.

Como secretaria del Tribunal se desempeñó la Dra. Mariana Córdoba Etchart.

Por el mencionado acuerdo, las partes pactaron, además, que las condenadas deberán pagar una suma de dinero en concepto de reparación económica, la que deberá ser depositada en una entidad bancaria a favor de las víctimas del ilícito.

Asimismo, se les ordeno someterse a reglas de conducta por el término que dure la condena, entre ellas fijar residencia, abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas, realizar estudios o practicas necesarias para su capacitación laboral o profesional, y adoptar oficio, arte, industria o profesión, adecuado a su capacidad.

Los hechos

De acuerdo al requerimiento acusatorio formulado por la Fiscalía, Olga Isabel Verón y Valentina Esther Ismail fueron condenadas por lo sucedido el 15 de marzo de 2021, en circunstancias en que las víctimas, una pareja integrada por un hombre y una mujer, se encontraban caminando por calle José de la Iglesia casi esquina Junín de San Salvador de Jujuy.

En ese lugar fueron sorprendidas por las acusadas y otras tres personas más cuya identidad no se pudo establecer, quienes se movilizaban en un automóvil.

Del rodado se bajaron las tres personas a establecer, quienes colocaron al hombre de espaldas contra la pared, asentándole un elemento rígido en la espalda, y le sustrajeron de entre sus pertenencias su teléfono celular y la billetera que contenía tarjetas y el DNI.

Mientras que las imputadas, Verón e Ismail, tomaron de los brazos a la mujer propinándole golpes de puños y patadas, para luego sustraerle su teléfono celular; dándose luego todos los atacantes a la fuga en el vehículo por calle Junín, con destino desconocido.

Dos días después, 17 de marzo de 2021, aproximadamente a las 19.00 horas, Olga Verón y una persona cuya identidad no se pudo establecer, se presentaron en un local comercial ubicado en calle Belgrano del centro de San Salvador de Jujuy, donde de manera ardidosa trato de realizar una compra con la tarjeta de crédito que fuera sustraída al hombre víctima del robo.

Tras advertir esta maniobra, el personal de la casa comercial procedió a retener la documentación, no logrando de esta forma los imputados, consumar el hecho por causas ajenas a su voluntad.

Juicio Abreviado           

En la sentencia los jueces hicieron lugar al acuerdo arribado por el Fiscal, Dr. Marcelo Cuellar, con las acusadas Olga Verón y Valentina Ismail, asistidas por sus abogados defensores Dr. Eduardo Patagua y Defensora Pública Penal Dra. Adriana Fernández, del Ministerio Público de la Defensa Penal, respectivamente; haciendo uso del procedimiento especial de Juicio Abreviado, previsto en el artículo 385 del Código Procesal Penal de la provincia – Ley Nº 5.623. En el acuerdo, Verón e Ismail, asistidas por sus defensores técnicos, reconocieron expresamente la existencia del hecho materia del juicio y la responsabilidad que por el mismo se les atribuyó, y aceptaron la pena que se les impuso de 3 años de prisión de ejecución condicional, el pago de una reparación económica de daño a favor de la víctima, y someterse a reglas de conducta.

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