El Tribunal en lo Criminal Nº 1 condenó a un hombre, M. J. R. M., a la pena de 16 años de prisión efectiva, por ser autor penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual simple agravado por la convivencia, Abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la convivencia, Abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia”; y ordenó su inmediato traslado a la Unidad Penitenciaria que corresponda.
Asimismo, autorizó la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida la sentencia.
Además, en el veredicto, emitido hoy, 19 de septiembre de 2023, se le impuso al sentenciado la prohibición de contacto con la víctima y sus familiares directos por cualquier medio.
El Tribunal estuvo integrado por los jueces Dres. Luciano Yapura – presidente de trámite- y Sergio González – habilitado -, y la jueza Dra. Felicia Barrios. En tanto, la secretaría estuvo a cargo de la Dra. Mónica Checa.
Los hechos
De acuerdo con la acusación formulada por la Fiscalía, los hechos sucedieron entre los años 2007 y 2014, desde que la menor víctima iba a Jardín de Infantes hasta fines del séptimo grado escolar, en una vivienda ubicada en Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, donde la niña estaba junto con el acusado, su padrastro.
El imputado, aprovechando que no había nadie en la casa o que todos dormían, fue de manera progresiva y reiterada abusando sexualmente de la niña; en las primeras ocasiones mediante tocamientos de sus partes íntimas, hasta finalmente, en otras ocasiones, llegar a accederla carnalmente, ocurriendo esto en reiteradas oportunidades.
Alegatos
En su alegato, el fiscal Dr. Marcelo Cuellar solicitó para el acusado la pena de 16 años de prisión; mientras que el abogado querellante Dr. Joaquín Campos, del Centro a la Asistencia a la Víctima, adhirió a lo solicitado por la fiscalía.
Por su parte, el defensor técnico del enjuiciado, Dr. Víctor Octavio Castillo Rojas, requirió para su defendido el mínimo de la pena por el delito por el cual fue acusado por el fiscal.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el plazo establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia; a partir de lo cual, las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior al Tribunal de juicio.