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Poder Judicial de la
Provincia de Jujuy

ACORDADA N° 82/2024: DEPARTAMENTO DE MEDIACIÓN Y RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE DISPUTAS

La Supre Corte de Justicia resuelve:

I.- RATIFICAR parcialmente el Acuerdo Plenario de fecha 21/05/96.

II.- RECTIFICAR el punto IV de la parte dispositiva del Acuerdo Plenario de fecha 21/05/96, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “El Departamento funcionará a cargo de un Director con igual jerarquía a la de un Juez de Primera Instancia, y contará con uno ó más actuarios, según las necesidades lo requieran; debiéndose mantener el cuerpo de mediadores y Co-mediadores que actualmente desempeñan sus funciones en el mismo”.

III.- APROBAR la Reglamentación del “Funcionamiento y Estructura” del Departamento de Mediación y Resolución Alternativa de Disputas, que forma parte del presente y que se individualiza como Anexo I.

IV.- APROBAR la creación del “Registro de Mediadores y Co-mediadores Judiciales”, que forma parte del presente y que se individualiza como Anexo II.

V.- APROBAR la Reglamentación del “Procedimiento de Mediación Judicial” que forma parte del presente y que se individualiza como Anexo III.

VI.- CREAR el Cuerpo de Mediadores y Co-mediadores Judiciales, que tendrá a su cargo la prestación del servicio de Mediación en la órbita del Poder Judicial con arreglo a la Ley 6353 y las acordadas respectivas que la Suprema Corte de Justicia dicte para su reglamentación.

VII.- DISPONER que el Cuerpo de Mediadores Judiciales estará integrado por los Mediadores y Co-mediadores que actualmente integran el Departamento de Mediación y Resolución Alternativa de Disputas del Poder Judicial.

VIII.- NOTIFICAR y publicar en el Boletín Oficial.

 

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