
El Tribunal en Función de Juicio por unanimidad, en cumplimiento de lo resuelto por el Tribunal de Revisión mediante interlocutorio, aplicó a un hombre identificado como G.N.R. la pena de diez años de prisión efectiva, por haber sido hallado autor material y penalmente responsable de los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante (un hecho), facilitación de la corrupción de menores agravada por el uso de autoridad (un hecho) y facilitación a la prostitución agravada por la minoridad de la víctima (un hecho), en concurso real”; ilícitos que tuvieron como víctima a su sobrino.
La sentencia fue emitida hoy, 3 de julio de 2026, por las juezas con función de juicio, Dras. Felicia Ester Barrios —presidenta de trámite—, Ana Carolina Pérez Rojas y María Alejandra Tolaba; con secretaría a cargo de la Dra. Mariana Córdoba Etchart.
Las magistradas además ordenaron mantener la actual situación procesal del condenado hasta tanto adquiera firmeza la presente sentencia. Una vez firme, dispusieron la obtención de los perfiles genéticos de G.N.R a efectos de su inscripción en el Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
Asimismo, el Tribunal resolvió que, hasta tanto quede firme el presente fallo, el condenado cumpla las siguientes reglas de conducta y medidas protectorias para la víctima y su madre: fijar residencia en la provincia; no salir de ella ni del país; y someterse al control del Patronato de Liberados y Encausados. Igualmente, establecieron la prohibición de acercamiento a la víctima y a su madre denunciante en un radio no inferior a 300 metros; la abstención de ejercer actos de violencia de cualquier tipo y/o actos molestos por cualquier medio —personal, telefónico, llamadas, mensajes, WhatsApp, etc.— y redes sociales en contra de la víctima y de su madre denunciante.
Del mismo modo, las juezas determinaron la aplicación del dispositivo DIME a la víctima y a su madre denunciante en sus dispositivos móviles, a través de la Dirección de Políticas de Género de la Policía de la Provincia.
Como fiscal se desempeñó el representante del Ministerio Público de la Acusación, Dr. Javier Sánchez Serantes, mientras que el Dr. Alejandro Daniel Copa estuvo a cargo de la defensa técnica del condenado.
Los fundamentos de la sentencia serán registrados en el Sistema Integral de Gestión Judicial en el plazo establecido por el Código Procesal Penal de la Provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrirla ante una instancia superior.
Acusación
Según la requisitoria fiscal, los hechos por los que llegó a juicio G.N.R. y fue condenado, tuvieron lugar entre los meses de julio de 2022 y enero de 2024, y tuvieron como víctima a su sobrino, menor de edad.
El primero de ellos ocurrió en horas de la madrugada, cuando el imputado invitaba a su sobrino, a dirigirse a una habitación ubicada en una vivienda de San Salvador de Jujuy. Una vez allí, cerraba con llave la puerta y procedía a cometer los abusos.
El segundo hecho tuvo lugar cuando G.N.R., invitaba al mismo menor de edad a concurrir a su lugar de trabajo -ubicado también en San Salvador de Jujuy- en horario de la madrugada, y aprovechaba una de las habitaciones a las que tenía acceso por su condición de encargado para abusar del menor.
El tercer y cuarto hecho, sucedieron también en la ciudad Capital, cuando G.N.R., en razón de la convivencia y del vínculo de parentesco, promovía y facilitaba que el menor de edad, se corrompiera sexualmente y ejerciera la prostitución con personas masculinas adultas de identidad desconocida, en horarios de la madrugada.