Poder Judicial de la
Provincia de Jujuy

CONDENAN A UN HOMBRE A 9 AÑOS DE PRISIÓN DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO POR UN HOMICIDIO EN SAN SALVADOR DE JUJUY

Rodrigo Nicolás Estrada fue condenado a la pena de nueve años de prisión de cumplimiento efectivo por ser autor penalmente responsable del delito de “Homicidio Simple”; hecho ocurrido en el barrio El Chingo de San Salvador de Jujuy y que tuvo como víctima fatal a Sergio David Gallo.

La sentencia fue emitida, días pasados, en la Sala de Audiencias de la Oficina de Gestión Judicial por el Tribunal de Juicio integrado por los jueces penales Dra. Natalia Fabiana Segovia –presidenta de trámite – y Dres. Luciano Yapura y Martín de Athayde Moncorvo, con la asistencia de la actuaria Dra. Camila Montoya.

También, los jueces le impusieron al condenado el recupero de los costos a favor del Ministerio Público de la Acusación. 

Hechos

Según la requisitoria de la Fiscalía, el ilícito tuvo lugar el 25 de abril de 2025, aproximadamente a las 03.30 horas, cuando la víctima, Sergio David Gallo – quien se encontraba en situación de calle – estaba en el lugar donde pernoctaba, la margen derecha del río Grande en el barrio El Chingo de San Salvador de Jujuy.

En esas circunstancias se hizo presente el imputado Rodrigo Estrada, alias “Coquí”, quien tras agredir verbalmente a Gallo empezó a atacarlo físicamente propinándole golpes de puños en el rostro, patadas a altura de las costillas y lo amenazaba con darle muerte.

Mientras el acusado golpeaba a la víctima, este le suplicaba que lo dejará de hacer, pero Estrada continuo con la agresión ocasionándole múltiples hematomas que provocaron posteriormente la muerte de Gallo en el Hospital Pablo Soria.

Las partes del juicio

Como Fiscal ante el Tribunal se desempeñó el Dr. Aldo Lozano, en representación del Ministerio Publico de la Acusación. En tanto, la defensa técnica de Estrada fue ejercida por el Dr. Raúl Delgado.

Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer mediante el Sistema Integral de Gestión Judicial en el plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrir la misma ante una instancia superior al Tribunal de juicio.