Un hombre mayor de edad, V.E.M, fue condenado por el Tribunal de Juicio a la pena de 13 años de prisión de ejecución efectiva, luego de declararlo autor penalmente responsable del delito de “Abuso Sexual con acceso carnal agravado por ser cometido contra un menor de 18 años, aprovechando la convivencia preexistente con el mismo, y abuso sexual simple en concurso real”, hechos ocurridos en la ciudad de Perico.
Asimismo, autorizó la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida la sentencia.
Además, los magistrados ordenaron el inmediato traslado del condenado V.E.M., hacia el Servicio Penitenciario de la Provincia para su alojamiento e incorporación al régimen de progresividad de la pena.
El veredicto fue emitido ayer 15 de febrero, por los Jueces con función de Juicio Felicia Barrios -presidente de trámite-, Ana Carolina Pérez Rojas y Luis Ernesto Kamada; desempeñándose en la secretaría del Tribunal la Dra. Mariana Córdoba Etchart.
Acusación
De acuerdo al requerimiento de la Fiscalía, V.E.M, fue condenado por tres hechos delictivos perpetrados contra una menor de edad, con la cual el acusado convivía, en la ciudad de Perico los que ocurrieron entre los años 2017 y 2023; desde que la víctima tenía 12 años hasta los 18 años de edad.
El acusado aprovechó la situación de convivencia con la víctima y en circunstancias en que la misma se encontraba durmiendo o sola, la abusó sexualmente, tocándole en sus partes íntimas y accediéndola carnalmente en varias oportunidades.
Alegatos
En su alegato la fiscal ante el Tribunal, Dra. Romina Nuñez, solicitó para el acusado la pena de 13 años de prisión, mientras que el abogado querellante Dr. Joaquín Campos, del Centro de Asistencia a la Víctima, adhirió a lo solicitado por la fiscal.
En tanto, el defensor técnico del enjuiciado, Dr. Dr. Miguel Ángel Colmenares, pidió la absolución lisa y llana o en subsidio la absolución por el beneficio de la duda del acusado. Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el plazo establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia; a partir de lo cual, las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior al Tribunal de juicio.