Un sujeto, identificado como A.S.S., fue condenado a la pena de 15 años de prisión por ser autor penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual gravemente ultrajante; Abuso sexual con acceso carnal (varios hechos) y Desobediencia judicial”, ocurridos en la ciudad de Palpalá.
La sentencia fue dictada hoy 14 de marzo de 2025, por las Juezas con Función de Juicio Dras. Claudia Cecilia Sadir -presidenta de trámite-, Felicia Barrios y Alejandra Tolaba; secretaría a cargo de la Dra. Marta Sánchez.
Las magistradas además, ordenaron, una vez firme la sentencia, la extracción de las muestras biológicas del condenado a efectos de la identificación genética para su inscripción en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

Los hechos
El acusado A.S.S fue condenado por hechos ocurridos durante el periodo comprendido entre los años 2016 y 2019, en un domicilio ubicado en la ciudad de Palpalá.
Durante el periodo de tiempo antes mencionado, el imputado ingresó en reiteradas oportunidades a la habitación en donde dormía su sobrina, la abusaba sexualmente y se retiraba del lugar.
A.S.S. también fue juzgado y sentenciado por presentarse en un vehículo, en tres oportunidades, en el domicilio de la ciudad de Palpalá donde residía otra de sus sobrinas, menor de edad,durante el periodo transcurrido entre el 25 de febrero y el 5 de marzo de 2024, pese a la vigencia de una medida de prohibición de acercamiento a no menos de 300 metros de la misma, que fuera ordenada por la Jueza de Violencia de Género N° 2 Dra. Noelia Cruz, en fecha 23 de febrero de 2024 y de que la estaba debidamente notificado.
Como Fiscal ante el Tribunal se desempeñó el Dr. Emilio Gurrieri, mientras que la querella fue representada por el Dr. Rodrigo Cuellar.
En tanto, el Dr. Federico Llermanos ejerció la defensa técnica del acusado A.S.S.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el plazo establecido por el Código Procesal Penal de la Provincia y puestos a conocimiento en el Sistema de Gestión Judicial; a partir de lo cual, las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior a la de juicio.