Se trata de Miguel Ángel Bruno, quien fue condenado a la pena de 10 años de prisión de cumplimiento efectivo, por intentar dar muerte a su ex pareja, en un hecho ocurrido en el barrio San Cayetano de San Salvador de Jujuy, en marzo del presente año.
Así lo resolvieron los Jueces con Función de Juicio tras analizar las testimoniales y las pruebas aportadas en el transcurso del juicio oral y público contra Bruno, al que declararon autor penalmente responsable del delito de “Homicidio agravado por el vínculo en grado de tentativa”.
Los magistrados, además, ordenaron el inmediato traslado del condenado al Servicio Penitenciario provincial.
El fallo condenatorio fue emitido en el recinto de audiencias de la Oficina de Gestión Judicial, el pasado 10 de diciembre, por los jueces Dres. Luciano Yapura– presidente de trámite –, Ana Carolina Pérez Rojas y Máximo Alejandro Gloss; secretaria a cargo del Dr. Gastón Mercau (hijo).
Los hechos
De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, Miguel Ángel Bruno fue enjuiciado por lo ocurrido el 17 de marzo de 2024, aproximadamente a las 15.30 horas, momento en el que la víctima, una mujer mayor de edad, se encontraba conversando con el imputado, su ex pareja, en la calle 20 de Febrero casi esquina El Huancar del barrio San Cayetano de San Salvador de Jujuy.
En esas circunstancias, Bruno se tornó agresivo, agarro una botella de cerveza, la rompió y con el filo de la misma apunto al cuello de la mujer en reiteradas oportunidades, produciéndole cortes en el rostro y cuello con intenciones de matarla; accionar que fuera impedido por la resistencia interpuesta por la víctima.
Alegatos
La Fiscal fue la Dra. Romina Núñez, del Ministerio Público de la Acusación, quien en su alegato pidió la pena de 13 años de prisión para el acusado; mientras el querellante, Dr. Valentín Quero Halle, solicitó 14 años de prisión.
Por su parte, el abogado defensor, Dr. Víctor Octavio Castillo Rojas, requirió el mínimo de la pena para su defendido Miguel Bruno.
Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la Provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrir la misma ante una instancia superior a la del juicio.