roundcube_logo1

Poder Judicial de la
Provincia de Jujuy

4 años de prisión para un hombre por homicidio en grado de tentativa

   El Tribunal en lo Criminal Nº 3 condenó a Gonzalo Ariel Garrón a la pena de 4 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser autor material y penalmente responsable del delito de “Homicidio simple en grado de tentativa”; ocurrido en la ciudad de Monterrico.

     De acuerdo a la acusación de la Fiscalía, el 13 de octubre de 2019, la víctima, Emanuel Ruiz, se encontraba afuera del boliche bailable “Miami”, junto a Ricardo Ruiz y Nicolás Vega.

     En estas circunstancias observaron que el acusado, Gonzalo Garrón, y otro hombre cuya identidad no se estableció, intentaban robar un automóvil que se encontraba estacionado en ese sector, por lo que empezaron a correr a los mismos hasta llegar a la plaza de Monterrico.

     En ese lugar, el imputado junto a tres personas más empezaron a arrojar piedras a Emanuel Ruiz, e inmediatamente Garrón sacó un cuchillo con el fin de intentar acabar con la vida de la víctima, apuñalándolo en la zona del abdomen.

     El agresor, creyendo haber matado a Ruiz, se dio a la fuga y luego fue capturado por personal policial en inmediaciones del lugar del hecho.

     La sentencia fue dictada recientemente por el Tribunal integrado por la jueza María Margarita Nallar – presidenta de trámite- y el juez Mario Ramón Puig,  haciendo uso de las facultades previstas en Acordada Nº 71/08. En tanto, la secretaría estuvo a cargo del Dr. Rodrigo Burgos.

     El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento de Juicio Abreviado Inicial, establecido en el Artículo 385 del Código Procesal Penal de la Provincia.

     El mismo puede ser aplicado a solicitud del Ministerio Público Fiscal si este considera que corresponde aplicarle al acusado una pena privativa de la libertad de hasta 6 años o una pena no privativa de libertad.

     Además, para que esta solicitud sea admisible, es necesaria la conformidad del imputado, quien asistido por su defensor o defensora admite la existencia del hecho y su participación en el mismo. Finalmente, se requiere también el acuerdo del Tribunal de juicio.

     Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó el Dr. Alejandro Maldonado; mientras que la defensa técnica del condenado fue ejercida por el Dr. Juan Eduardo Ortega.

Ir al contenido