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Poder Judicial de la
Provincia de Jujuy

Lo condenaron a 6 años de prisión por abusar sexualmente de una mujer que padece retraso mental

     El Tribunal en lo Criminal Nº 2 condenó a un hombre, R.R.S., a la pena de 6 años de prisión por ser autor material y responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal” en perjuicio de una mujer que padece retraso mental, ilícito que ocurrió en Maimará.

     Además, autorizó la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

     El veredicto fue emitido hoy, 23 de septiembre de 2021, por el juez Luís Ernesto Kamada – presidente de trámite – y las juezas Claudia Cecilia Sadir y Maria Laura Flores. En tanto, la secretaría estuvo a cargo de la Dra. Andrea Meriles Lello.

     De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, el 8 de marzo de 2019, aproximadamente a las 18 horas, la mujer salió de su domicilio y fue interceptada por el acusado.

     El hombre la llevó hasta su casa donde procedió a accederla carnalmente, sin que la víctima pudiera prestar consentimiento válido debido al retraso mental que padece.

     El acusado mantuvo a la victima en su vivienda durante un día. En ese lugar la mujer fue encontrada por sus familiares al día siguiente, pasadas las 23 horas, sin pantalones y sin ropa interior, en una cama junto al imputado, quien tampoco tenía ropa.

     En los alegatos del juicio oral, el Fiscal ante el Tribunal, Dr. Diego Cussel, solicitó la pena de 10 años de prisión para el acusado; en tanto la querellante, Dra. Dora Geronazzo, del Centro de Asistencia a la Víctima, adhirió a lo requerido por el representante del Ministerio Público de la Acusación.

     Por su parte, la defensa técnica del imputado, ejercida por la Defensora Oficial Penal, Dra. María Florencia Quintar, del Ministerio Público de la Defensa Penal, pidió la absolución de su defendido por el beneficio de la duda.

     Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro de los plazos legales establecidos en el Código Procesal Penal de la Provincia, fecha a partir de la cuál, las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior.

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